Todo lo que debes saber sobre la nueva CNAE 2025: Fechas clave y obligaciones
Guía completa sobre la nueva CNAE 2025: plazos obligatorios, cambios principales y requisitos específicos para autónomos y empresas. Calendario detallado 2025-2027 y herramientas oficiales.
Puntos Clave
📌 Plazos oficiales: Debes comunicar la codificación de tu actividad según CNAE-2025 a la Seguridad Social entre el 1 de marzo y el 30 de junio de 2025
📌 Nueva estructura: La CNAE-2025 incluye importantes modificaciones con respecto a CNAE-2009, destacando la división de la sección J en dos nuevas secciones
📌 Obligatoriedad: El Real Decreto 10/2025 establece la obligación de utilizar la nueva clasificación tanto para estadísticas oficiales como para registros administrativos
📌 Ventana de adaptación: Hasta que se actualice la legislación de la Seguridad Social sobre tarifas de accidentes de trabajo, deberás comunicar tanto el código CNAE-2025 como el CNAE-2009
Contenido del artículo
¿Qué es la CNAE-2025 y por qué se ha actualizado?
La Clasificación Nacional de Actividades Económicas 2025 (CNAE-2025) es la nueva versión de la clasificación estadística que categoriza y organiza las actividades económicas en España. Esta actualización, aprobada mediante el Real Decreto 10/2025, de 14 de enero, responde a la necesidad de adaptar la clasificación a los importantes cambios estructurales, científicos y tecnológicos que ha experimentado la economía en los últimos años.
Desde la entrada en vigor de la CNAE-2009 en 2009, la economía ha evolucionado significativamente. La globalización y la digitalización han transformado la forma en que muchas actividades proporcionan bienes y servicios. Algunas actividades han ganado relevancia, mientras que otras la han perdido. También se han producido cambios rápidos en el ámbito de las tecnologías de la información y una mayor concienciación sobre el impacto económico en el medio ambiente.
La CNAE-2025 no es un simple capricho burocrático, sino una herramienta fundamental que:
Permite la comparabilidad nacional e internacional de los datos económicos
Facilita el análisis estadístico de estructuras económicas y tendencias
Proporciona un marco común para clasificar actividades económicas
Ayuda a empresas, entidades financieras y gobiernos a disponer de datos fiables
Esta nueva clasificación está alineada con la Nomenclatura Estadística de Actividades Económicas de la Comunidad Europea (NACE Rev. 2.1) y la Clasificación Industrial Internacional Uniforme (CIIU Rev. 5) de Naciones Unidas, garantizando así la comparabilidad de los datos españoles a nivel internacional.
Principales cambios respecto a CNAE-2009
La CNAE-2025 introduce modificaciones significativas con respecto a su predecesora. A continuación, presentamos un resumen de los cambios más relevantes:
Cambios estructurales destacados:
Nueva sección: La antigua sección J "Información y comunicaciones" se divide ahora en:
Sección J: "Actividades de edición, radiodifusión y producción y distribución de contenidos"
Sección K: "Telecomunicaciones, programación informática, consultoría, infraestructura informática y otros servicios de información"
Comercio:
Desaparece la división 45 "Venta y reparación de vehículos de motor y motocicletas", cuyas actividades se redistribuyen en las divisiones 46, 47 y 95
Debido al auge del comercio online, desaparece el criterio de clasificación del comercio al por menor según el canal de venta (en establecimientos, online, mercadillos).
Actividades de intermediación: Se crean numerosas clases nuevas para actividades de intermediación, reflejando el auge de plataformas digitales y nuevos modelos de negocio.
Industria manufacturera:
Se crean clases nuevas para las actividades de acabado de productos que suelen llevar a cabo terceros.
La fabricación de piezas específicas y la fabricación de un producto entero pasa a clasificarse en la misma categoría.
Se crean clases nuevas para la fabricación y reparación de vehículos, barcos y aeronaves militares.
Sector energético: Se reestructuran las clases de producción dentro del grupo 35, dando mayor importancia al origen renovable o no de la energía.
Gestión de residuos: Cambios importantes en la división 38, con mayor énfasis en la valorización de residuos.
Transporte: Se reestructuran las clases de transporte terrestre de pasajeros de la división 49 Transporte terrestre y por tubería.
Infografía de los principales cambios entre CNAE 2009 y CNAE 2025
La imagen anterior muestra el flujo de cambios entre la estructura de CNAE-2009 y CNAE-2025, permitiendo visualizar cómo se han reorganizado las actividades económicas.
Plazos oficiales para la transición: Calendario detallado
La transición a la CNAE-2025 seguirá un calendario escalonado, con distintas fechas según el tipo de uso y sector. Es fundamental conocer estas fechas para planificar adecuadamente tu adaptación:
Para estadísticas oficiales:
1 de enero de 2025: Fecha general de aplicación de la CNAE-2025 para estadísticas oficiales con referencia a partir de esta fecha.
2025-2031: Período de implementación gradual en diferentes dominios estadísticos según lo establecido en el Reglamento Delegado (UE) 2023/137.
Para registros administrativos:
1 de marzo - 30 de junio de 2025: Periodo obligatorio para comunicar la codificación de la variable actividad económica según CNAE-2025 a la Tesorería General de la Seguridad Social.
Hasta 1 de enero de 2027: Plazo máximo para que todos los registros administrativos del sector público estatal que contengan la variable de actividad económica la tengan codificada según CNAE-2025.
Para sujetos responsables del ingreso de cuotas de la Seguridad Social:
Antes del 30 de junio de 2025: Si ya constan en los registros a la fecha de entrada en vigor del Real Decreto 10/2025.
En el momento de incorporación: Para nuevos sujetos que se incorporen a partir de la entrada en vigor del Real Decreto.
Período transitorio: Hasta la entrada en vigor de la legislación de Seguridad Social con la tarifa de primas adaptada a CNAE-2025, deberás comunicar también la codificación según CNAE-2009.
Obligaciones específicas para autónomos
Si eres autónomo, la transición a CNAE-2025 implica una serie de obligaciones específicas que debes tener en cuenta:
1. Comunicación obligatoria a la Seguridad Social
Como trabajador autónomo, estás obligado a comunicar a la Tesorería General de la Seguridad Social tu nuevo código CNAE-2025. Esta comunicación deberás realizarla:
Plazo: Entre el 1 de marzo y el 30 de junio de 2025
Medio: A través de los procedimientos que establezca la TGSS (previsiblemente a través del Sistema RED o Sede Electrónica)
Documentación: No se ha especificado documentación adicional, pero es recomendable tener preparada la correspondencia entre tu actual código CNAE-2009 y el nuevo CNAE-2025
Importante: Durante el período transitorio, hasta que se actualice la legislación de Seguridad Social sobre tarifas de accidentes de trabajo, deberás comunicar tanto el código CNAE-2025 como el CNAE-2009.
2. Impacto en cotizaciones y gestiones
Cotizaciones: Inicialmente no habrá cambios en las cotizaciones, ya que se seguirá aplicando la tarifa basada en CNAE-2009 hasta que se actualice la normativa específica
Trámites administrativos: Es posible que debas actualizar tu código CNAE en otros registros administrativos, como el censo de empresarios de la Agencia Tributaria
Colaboraciones con administraciones: Si trabajas con entidades públicas, es posible que debas actualizar tu clasificación en registros de proveedores
3. Identificación correcta de tu actividad
Para muchos autónomos, especialmente aquellos con actividades relativamente nuevas o que han evolucionado con la digitalización, la CNAE-2025 ofrece una oportunidad para clasificar más precisamente su actividad:
Revisa detenidamente las nuevas clases disponibles en tu sector
Utiliza las herramientas oficiales como CodIA (desarrollada por el INE) para identificar tu código correcto
Considera si alguna de las nuevas clasificaciones refleja mejor tu actividad real
Obligaciones específicas para empresas
Las empresas, independientemente de su tamaño, también deben adaptarse a la CNAE-2025 siguiendo estos pasos y obligaciones:
1. Comunicación obligatoria a la Seguridad Social
Al igual que los autónomos, todas las empresas deben comunicar sus códigos CNAE-2025 a la Tesorería General de la Seguridad Social:
Plazo: Entre el 1 de marzo y el 30 de junio de 2025
Entidad responsable: El sujeto responsable del ingreso de las cuotas de la Seguridad Social
Consideraciones adicionales: Para empresas con múltiples actividades, será necesario determinar la actividad principal según la metodología oficial (método "top-down")
2. Actualización en los registros administrativos
Las empresas suelen estar inscritas en múltiples registros administrativos, que progresivamente adoptarán la CNAE-2025:
Registro Mercantil: Previsiblemente requerirá la actualización de la actividad económica
Censo de empresarios de la AEAT: Será necesario actualizar el código de actividad
Registros sectoriales específicos: Según el sector, puede ser necesario actualizar la clasificación en registros especiales
3. Impacto en la contabilidad y reporting
Información contable: Las cuentas anuales y otros informes pueden requerir la actualización del código CNAE
Estadísticas oficiales: Si tu empresa participa en encuestas oficiales del INE u otros organismos, deberás utilizar la nueva clasificación
Licitaciones y concursos públicos: Para participación en concursos públicos, será necesario utilizar la nueva clasificación
4. Empresas con actividades múltiples
Para empresas que desarrollan varias actividades económicas, la selección del código CNAE-2025 adecuado requiere un proceso específico:
Se debe aplicar el método "top-down" para identificar la actividad principal
Es necesario seleccionar la actividad que más contribuye al valor añadido total
Para el comercio, existen adaptaciones específicas del método "top-down" detalladas en las notas introductorias de la CNAE-2025
Impacto en trámites administrativos y obligaciones fiscales
La transición a CNAE-2025 tendrá diversos impactos en trámites administrativos y fiscales:
Impacto en documentos oficiales
Formularios administrativos: Progresivamente se actualizarán para incluir los nuevos códigos CNAE-2025
Declaraciones fiscales: Aunque inicialmente no hay cambios anunciados, es posible que las declaraciones fiscales incorporen los nuevos códigos
Estadísticas y censos: Todas las estadísticas oficiales y censos utilizarán la nueva clasificación
Relación con el IAE (Impuesto de Actividades Económicas)
El Instituto Nacional de Estadística trabajará en el desarrollo y mantenimiento de tablas de equivalencia entre CNAE-2025 y el IAE, lo que facilitará la coherencia entre ambas clasificaciones. Sin embargo:
El cambio en CNAE no implica automáticamente un cambio en el epígrafe IAE
Es recomendable revisar la correspondencia entre tu nuevo código CNAE-2025 y tu epígrafe IAE actual
Para actividades nuevas o sustancialmente modificadas, puede ser necesario reconsiderar el epígrafe IAE
Tarifas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales
Actualmente, las tarifas para la cotización por accidentes de trabajo y enfermedades profesionales están vinculadas a los códigos CNAE-2009. Hasta que se publique la nueva legislación:
Se continuará utilizando la tarifa basada en CNAE-2009
Será necesario mantener ambas codificaciones (CNAE-2009 y CNAE-2025) en los registros de la Seguridad Social
Herramientas oficiales para la transición
El Instituto Nacional de Estadística (INE) ha desarrollado diversas herramientas para facilitar la transición a CNAE-2025:
CodIA: Asistente para codificación CNAE
El INE ha desarrollado CodIA, una herramienta basada en tecnología de Aprendizaje Automático que permite:
Obtener sugerencias de códigos CNAE-2025 a partir de una descripción de la actividad
Utilizar el código CNAE-2009 actual para facilitar la búsqueda del equivalente
Recibir un listado de posibles códigos para seleccionar el más adecuado
Esta herramienta está especialmente diseñada para ayudar a identificar el código correcto cuando no existe una correspondencia directa uno a uno entre CNAE-2009 y CNAE-2025.
Documentación y recursos disponibles
El INE ha puesto a disposición de empresas y autónomos diversos recursos:
Tablas de correspondencias: Entre CNAE-2009 y CNAE-2025, y entre CNAE-2025 y otras clasificaciones (NACE, CPA)
Notas explicativas: Descripción detallada del contenido y alcance de cada categoría
Notas introductorias: Incluyen las reglas de clasificación y metodología
Documento explicativo: Visión general de la CNAE-2025 y sus principales cambios
Todos estos recursos están disponibles en la web del INE.
Preguntas frecuentes sobre CNAE-2025
¿Qué ocurre si mi actividad no aparece exactamente en la CNAE-2025?
La CNAE-2025 es una clasificación exhaustiva, lo que significa que cualquier actividad económica está incluida en ella, ya sea de manera explícita o implícita. Si no encuentras una categoría específica para tu actividad, debes seleccionar la que mejor represente tu proceso productivo y la naturaleza de tu actividad. Puedes utilizar la herramienta CodIA del INE o consultar las notas explicativas para identificar la categoría más adecuada.
¿Debo modificar también mi epígrafe IAE al cambiar mi CNAE?
El cambio de CNAE no implica automáticamente un cambio en el epígrafe IAE. Son clasificaciones diferentes con propósitos distintos. Sin embargo, es recomendable revisar la correspondencia entre ambas clasificaciones para asegurar la coherencia. El INE está trabajando en tablas de equivalencia entre CNAE-2025 e IAE que facilitarán esta tarea.
¿Cómo afecta el cambio de CNAE a mis cotizaciones por accidentes de trabajo?
Actualmente, las tarifas para la cotización por accidentes de trabajo están vinculadas a los códigos CNAE-2009. Hasta que se publique la nueva legislación con la tarifa de primas adaptada a CNAE-2025, se seguirá utilizando la tarifa basada en CNAE-2009. Por eso, durante este período transitorio, deberás comunicar tanto el código CNAE-2025 como el CNAE-2009.
¿Qué ocurre si tengo varias actividades económicas?
Si desarrollas varias actividades económicas, debes determinar cuál es tu actividad principal utilizando el método "top-down" descrito en las notas introductorias de la CNAE-2025. Este método selecciona la actividad que más contribuye al valor añadido total de la unidad. Si no dispones de información sobre el valor añadido, puedes utilizar criterios alternativos como el volumen de ventas o el número de empleados dedicados a cada actividad.
¿Tendré que modificar mis estatutos sociales para actualizar el código CNAE?
El Real Decreto 10/2025 no establece específicamente la obligación de modificar los estatutos sociales para actualizar el código CNAE. Sin embargo, es recomendable consultar con un asesor legal, ya que la práctica habitual suele ser mantener actualizada la información sobre el objeto social en los estatutos.
¿Qué pasa si no actualizo mi código CNAE en el plazo establecido?
El Real Decreto 10/2025 establece la obligación de comunicar la codificación según CNAE-2025 en los plazos indicados, pero no especifica sanciones concretas por incumplimiento. No obstante, la falta de actualización podría generar inconsistencias en tus trámites administrativos y obligaciones estadísticas. Además, cabe la posibilidad de que se establezcan consecuencias específicas en normativas sectoriales o en el ámbito de la Seguridad Social.
Conclusión
La transición a la CNAE-2025 representa un paso importante en la modernización de nuestro sistema estadístico y administrativo. Aunque implica ciertos trámites obligatorios, también ofrece una oportunidad para clasificar con mayor precisión las actividades económicas actuales, especialmente aquellas que han evolucionado significativamente desde 2009.
Para autónomos y empresas, es fundamental:
Identificar correctamente tu nuevo código CNAE-2025 utilizando las herramientas oficiales
Cumplir con los plazos de comunicación a la Seguridad Social (1 de marzo a 30 de junio de 2025)
Mantener actualizados progresivamente todos los registros administrativos donde conste tu actividad económica
Comprobar la correspondencia entre tu nuevo código CNAE-2025 y tu epígrafe IAE
Recuerda que durante el período transitorio deberás mantener tanto la codificación CNAE-2009 como la nueva CNAE-2025 hasta que se actualice la legislación específica de la Seguridad Social.
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